¿Qué tienes que saber?
Este trámite permite pedir una autorización para prestar un servicio de protección de personas con escoltas privados. La autorización tiene que ser específica, expresa e individualizada para el servicio contratado.
Solo pueden realizar servicios de protección de personas los escoltas privados que trabajan en empresas de seguridad que están inscritas y autorizadas para llevar a cabo dicha actividad.
Visite la página Servicio de escolta privado para obtener más información.
Este trámite solo lo puede hacer por internet.
A las empresas de seguridad que hayan estado contratadas para realizar un servicio de protección de personas mediante escoltas privados.
Se recomienda presentar la solicitud como mínimo 15 días antes de la fecha prevista para llevar a cabo el servicio.
279,60 €
Pasos a realizar
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1
Primer paso
Solicite la autorización
Solo puede hacer este trámite por internet.
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2
Segundo paso
Pague la tasa
Puede pagar la tasa:
Puede pagar la tasa:
- En línea: con tarjeta bancaria o Bizum, a través del Área privada o el Estado de tus gestiones de la plataforma tramits.gencat.cat.
- Mediante la carta de pago: a través de un cajero de CaixaBank o desde la web Pago de impuestos y matrículas de CaixaBank.
Importante:
- No iniciaremos la tramitación del expediente hasta que no tengamos constancia del pago de la tasa.
- Si no realiza el pago en el plazo establecido, entenderemos que desiste del trámite
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3
Tercer paso
Consulte el estado del trámite
Consulte el estado del trámite a través de estos canales:
Consulte el estado del trámite a través de estos canales:
- Canal Empresa (con idCAT Móvil o un certificado digital).
- Estado de tus gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
- Teléfono 012 (con el código identificador —ID— del trámite y el DNI/NIF).
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4
Cuarto paso
Reciba la respuesta de la Administración
¿Cuándo recibirá la respuesta?
¿Cuándo recibirá la respuesta?
En un plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud.
Si no recibe ninguna respuesta en este plazo, puede considerar que hemos denegado la solicitud.
¿Qué respuesta recibirá?
Una resolución de autorización o de no autorización, según corresponda.
¿Cómo recibirá la respuesta?
Recibirá un correo electrónico con el enlace a la notificación. Puede acceder a ella a través del Área privada del Canal Empresa.
¿Puede presentar un recurso?
Puede presentar un recurso en el plazo de 1 mes desde el día siguiente de haber recibido la notificación, a través de la opción Aportar documentación dentro del detalle del trámite en el Área privada del Canal Empresa.