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23590 - 23590-subvencio-projecte-hub-financer Departament d'Economia i Finances accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar la subvención
  2. 2. Aportar documentación
  3. 3. Consultar el estado del trámite
  4. 4. Recibir la respuesta de la Administración
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Subvención para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero

Solicitar la subvención

QUIÉN
Empresas y profesionales
CÓMO
Por Internet
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 08/09/2023 al 31/10/2023

Por Internet Iniciar
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Subvención para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero

Solicitar la subvención

Por Internet Iniciar
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 08/09/2023 al 31/10/2023

QUIÉN
CÓMO
Empresas y profesionales Por Internet

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Normativa

  • ORDEN ECO/202/2023, de 1 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para otorgar una subvención para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero que lleve a cabo la promoción, dinamización y competitividad de los servicios financieros en torno a la tecnología, las finanzas sostenibles y el emprendimiento de inversión en Cataluña.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8972  publicado el 03/08/2023)
  • RESOLUCIÓN ECO/3054/2023, de 6 de septiembre, por la que se abre la convocatoria para otorgar una subvención en especie para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero que lleve a cabo la promoción, dinamización y competitividad de los servicios financieros en torno a la tecnología, las finanzas sostenibles y el emprendimiento de inversión en Cataluña (ref. BDNS 715479).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8996  publicado el 07/09/2023)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Orden ECO/202/2023, de 1 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para otorgar una subvención para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero que lleve a cabo la promoción, dinamización y competitividad de los servicios financieros en torno a la tecnología, las finanzas sostenibles y el emprendimiento de inversión en Cataluña (DOGC núm. 8972, de 3.8.2023).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8998  publicado el 12/09/2023)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Subvención para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero que lleve a cabo la promoción, dinamización y competitividad de los servicios financieros en torno a la tecnología, las finanzas sostenibles y el emprendimiento de inversión en Cataluña.

Se ha publicado en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat la Resolución de otorgamiento de una subvención de un hub financiero.

 

Este trámite sólo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de fecha de presentación.

Información y documentación:

  • Consulta el apartado 'Documentos' de este trámite.
  • Para resolver dudas, envia un correu electrònic en la dirección gabinet.tecnic.eco@gencat.cat

 

Documentación en inglés

Orden por la que se aprueban las bases reguladoras para otorgar una subvención para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero que lleve a cabo la promoción, dinamización y competitividad de los servicios financieros en torno a la tecnología, las finanzas sostenibles y el emprendimiento de inversión en Cataluña (versión en inglés).

 

Resolución por la que se abre la convocatoria para otorgar una subvención en especie para impulsar el proyecto de desarrollo de un hub financiero que lleve a cabo la promoción, dinamización y competitividad de los servicios financieros en torno a la tecnología, las finanzas sostenibles y el emprendimiento de inversión en Cataluña (versión en inglés).

 

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament d'Economia i Finances
  • Secretaria General d'Economia i Finances
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

Pueden ser beneficiarios personas empresarias o profesionales, empresas, grupos de empresas que estén legalmente constituidas en el momento de presentar la solicitud y que ejerzan una actividad económica relacionada con la finalidad para la que se concede la subvención.

Plazos

Plazo para presentar la solicitud y la documentación: desde las 9.00 horas del 8 de septiembre hasta las 14.00 horas del 31 de octubre de 2023.

Documentación

Junto con la solicitud, que incluye las declaraciones responsables, hay que adjuntar la documentación que se especifica al formulario.

Documentos

Información registral de la finca (edificio del paseo de Gracia, 19, de Barcelona)

Plano gráfico de las instalaciones (edificio del paseo de Gracia, 19, de Barcelona)

Plano gráfico de las instalaciones (estado actual del edificio del paseo de Gracia, 19, de Barcelona)

Plano gráfico de las instalaciones (imágenes del edificio del paseo de Gracia, 19, de Barcelona)

Planos de climatitzación de las instalaciones (edificio del paseo de Gracia, 19, de Barcelona)

Licencia de actividades de las instalaciones (edificio del paseo de Gracia, 19, de Barcelona)

Información complementaria sobre el immueble (paseo de Gracia, 19, de Barcelona)

Resolución otorgamiento subvención hub financiero

Requisitos
Para obtener la condición de beneficiarias, las entidades solicitantes, tenéis que cumplir los requisitos que establece la base 4 de la Orden ECO/202/2023, de 1 de agosto, por la cual se aprueban las bases reguladoras para otorgar esta subvención.
Tasas

No se tienen que pagar tasas para este trámite.

Otras informaciones

Compatibilidad de la subvención

Esta subvención es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Procedimiento de concesión

El procedimiento de concesión de la subvención se tramita en régimen de concurrencia competitiva.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la subvención

    Plazos
    Del 08/09/2023 al 31/10/2023

    Este trámite sólo lo puedes hacer por internet y tienes que identificarte y firmar digitalmente como:

    • persona física,
    • persona jurídica, o
    • persona vinculada

    Por Internet

    Formulario solicitud subvención

    Iniciar . Acceder a Formulario solicitud subvención

    Consulta Como tramitar con formularios HTML. 

    Para más información, puedes consultar el apartado de Soporte a la tramitación por internet de Trámites gencat.

    En caso que no puedas tramitar por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.

  2. 2

    Segundo paso

    Aportar documentación

    Una vez se ha tramitado la solicitud, para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud puedes aportar la documentación mediante el formulario que tienes disponible en [...]

    Plazos
    Del 08/09/2023 al 31/12/2023

    Una vez se ha tramitado la solicitud, para aportar documentación, presentar alegaciones o desistir de la solicitud puedes aportar la documentación mediante el formulario que tienes disponible en el apartado Por internet.

    Los plazos son los siguientes:

    • Aportación de documentación requerida: el órgano gestor puede requerir a las personas solicitantes la documentación que sea necesaria para tramitar la subvención para que, en el plazo de 10 días hábiles, enmiendas los defectos o adjuntes los documentos correspondientes, indicando que, si no lo haces, se considerará que desistes de tu solicitud. El incumplimiento de los requisitos no enmendables o del plazo de presentación de solicitudes comporta la inadmisión de la solicitud.
    • Aportación de documentación no requerida: puedes presentar la documentación que consideres oportuna a lo largo de todo el procedimiento.

    Este trámite sólo lo puedes hacer por internet y tienes que identificarte y firmar digitalmente como:

    • persona física,
    • persona jurídica, o
    • persona vinculada

    Por Internet

    Formulario aportar documentación

    Iniciar . Acceder a Formulario aportar documentación

    Para rellenar y enviar el formulario hay que indicar el número de expediente que encontraràs a través del Área privada, una vez se haya confirmado la entrada de la solicitud de la subvención.

     

    En caso que no puedas tramitar por una incidencia en el sistema, vuelve a probarlo más tarde.



    En este apartado de Soporte a la tramitación por internet de Trámites gencat, encontrarás más información de cómo tramitar la solicitud, como adjuntar documentos o como reducir el tamaño de los archivos.

  3. 3

    Tercer paso

    Consultar el estado del trámite

    Puedes consultar el estado del trámite en:

    Puedes consultar el estado del trámite en:

    • Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital).
    • Estado de mis gestiones (con el código ID del trámite y el DNI/NIF).
    • Teléfono 012 (con el código ID del trámite y el DNI/NIF).
  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    ¿Cuándo se recibe la respuesta de la Administración?

    El órgano instructor, en el plazo de dos meses, tiene que emitir la propuesta de resolución provisional.

    La persona titular del Departamento de Economía y Hacienda emite la resolución definitiva en el plazo de un mes.

    Este periodo de tres meses se puede prorrogar por circunstancias excepcionales.

    ¿Qué respuesta se recibe?

    Los requerimientos y las resoluciones derivados de este procedimiento de concesión de subvenciones se notificarán a las personas interesadas mediante su publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat. Esta publicación sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

    ¿Se puede presentar un recurso?

    La resolución de concesión o denegación de la subvención pone fin a la vía administrativa. Las personas interesadas podéis interponer, con carácter potestativo, un recurso de reposición ante la persona titular del Departamento de Economía y Hacienda en el plazo de un mes. También podéis interponer directamente un recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, en el plazo de dos meses a contar des de el día siguiente al de la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat.

Fecha de actualización 27.12.2023
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