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20829 - Assetjament sexual en l’àmbit laboral Departament de la Presidència accio
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Normativa

  • Protocolo para la prevención, la detección, la actuación y la resolución de situaciones de acoso sexual y acoso en razón de sexo, orientación sexual, identidad de género o expresión de género

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

El Protocolo para la prevención, la detección, la actuación y la resolución de situaciones de acoso sexual y acoso en razón de sexo, orientación sexual, identidad de género o expresión de género es un circuito de intervención delante de posibles conductos de acoso en el ámbito de la Administración de la Generalitat.

Los objetivos del protocolo son:

  • Elaborar estrategias de prevención del acoso sexual o discriminación en razón de sexo, orientación sexual, identidad de género o expresión de género, así como mejorar la detección.
  • Establecer circuitos de intervención rápidos y eficientes ante estos casos y medidas de acompañamiento y de reparación a las personas afectadas.
  • Definir los roles y las responsabilidades de los diferentes agentes, así como garantizar la seguridad, la integridad, la confidencialidad y la protección de las personas afectadas.


Para más información puedes consultar las preguntas más frecuentes en la web o contactar con el buzón de acoso.

Confidencialidad:
La información generada y aportada por las actuaciones en la aplicación de este protocolo tendrá carácter confidencial y sólo será accesible para el personal que intervenga directamente en su tramitación.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de la Presidència
  • Secretaria d'Administració i Funció Pública
¿A quién va dirigido?
Otras administraciones

A todos los empleados públicos de la Administración de la Generalitat de Catalunya incluidos en el ámbito de aplicación del Protocolo y al personal de empresas externas contratadas por la Administración o de colectivos específicos que tengan una regulación propia, siempre que en los casos producidos presuntamente esté la implicación de un empleado o empleada de la Administración.

Cuándo se detecte un presunto caso de acoso entre empleados públicos y personal de colectivos específicos que tengan una regulación propia, de empresas o entidades públicas, o de una empresa externa contratada por la Administración, habrá una comunicación recíproca del caso y se aplicarán los mecanismos de coordinación empresarial.

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Requisitos

 

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la intervención

    Una vez enviada la solicitud y mientras el trámite no esté finalizado se puede aportar documentación consultando el estado del trámite o bien accediendo al Área privada.

    Una vez enviada la solicitud y mientras el trámite no esté finalizado se puede aportar documentación consultando el estado del trámite o bien accediendo al Área privada.

    Por Internet

    Solicitud de intervención por acoso sexual

    Iniciar . Acceder a Solicitud de intervención por acoso sexual

    Para poder utilizar la solicitud electrónica, hay que identificarse con un certificado digital, como por ejemplo, el DNI electrónico, o el sistema alternativo de identificación idCAT Mòbil. 

    Soporte a la tramitación por internet

    En caso de que la solicitud de intervención no la presente directamente la persona afectada, se tendrá que incluir su consentimiento expreso informado para iniciar las actuaciones de este protocolo, ya sea en el momento de presentar la solicitud de intervención o bien posteriormente.

    Presencialmente

    En caso de hacer el trámite presencialmente, con la finalidad de preservar la confidencialidad de los datos, hace falta registrar sólo la hoja de registro de entrada de solicitud de estudio de documentación. Indique una sola persona por solicitud.

    Después hay que anexar dentro de un sobre cerrado dirigido a la Área de Buen Gobierno el resto de documentos:

    • solicitud de intervención,
    • documento de consentimiento informado, en caso de que la solicitud de intervención no la presente directamente la persona afectada
    • documentación anexa, si hay.

    La solicitud se puede presentar en diversos lugares:

    • En cualquier oficina de registro de la Generalidad de Cataluña (podéis consultar cuál es la oficina más próxima aquí).
    • El formulario se puede presentar en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En el caso de optar por presentar el formulario en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

    Solicitud de intervención por acoso sexual, por razón de sexo, de la orientación sexual, de la identidad de género y/o expresión de género

    Consentimiento informado para la solicitud de intervención por acoso sexual, por razón de sexo, de la orientación sexual, de la identidad de género y/o expresión de género

    Solicitud de presentación de documentación anexa

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    El área de Buen Gobierno de la Secretaría de Administración y Función Pública y después de llevar a cabo un procedimiento de investigación, emitirá un informe, en un plazo máximo de quince días [...]

    El área de Buen Gobierno de la Secretaría de Administración y Función Pública y después de llevar a cabo un procedimiento de investigación, emitirá un informe, en un plazo máximo de quince días hábiles, en uno de los sentidos siguientes:

    • Constata indicios de acoso objeto de este protocolo y, si procede, propone la incoación de un expediente disciplinario y el establecimiento o el mantenimiento de medidas cautelares.
    • No constata indicios de conductos de acoso objeto de este protocolo, pero constata indicios que la situación analizada puede constituir otra falta disciplinaria y proponer el establecimiento de medidas cautelares.
    • No constata indicios de acoso objeto de este protocolo ni de ninguna otra conducta susceptible de ser sancionada disciplinariamente y propone la aplicación de medidas para la resolución del conflicto laboral.
    • Establece procedimientos para resolver conflictos interpersonales.

    El área de Buen Gobierno de la Secretaría de Administración y Función Pública trasladará el informe, como información reservada y a los efectos oportunos, a la persona titular de la secretaría general del departamento en el cual pertenece la presunta víctima y, si son diferentes, en el de la parte presuntamente asediadora. Asimismo, comunicará este traslado a las partes implicadas: la presunta víctima y la parte presuntamente asediadora.

    Es el departamento o departamentos afectados los que tendrán que adoptar las medidas apropiadas a partir de las conclusiones formuladas al informe del área de Buen Gobierno.

  3. 3

    Tercer paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En el ‘Área privada’ (con idCAT Móvil o/i certificado digital).
    • En el ‘Estado de mis gestiones’ (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
Fecha de actualización 06.11.2023

Trámites relacionados

  • Acoso psicológico en el ámbito laboral
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