Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
    • English
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Servicio de crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Ayudas para proyectos de I+D empresarial
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Ayudas a la innovación tecnológica y verde
        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Ayudas a proyectos de innovación abierta y disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La Agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Procedimiento para ejercer el derecho de petición
4115 - Procediment per exercir el dret de petició Departament de la Presidència accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas

Pasos a realizar

  1. 1. Hacer la petición
  2. 2. Recibir la respuesta de la Administración
  3. 3. Consultar el estado del trámite
  • Ir a: Ejercer el derecho de petición
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Requisitos
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Pasos a realizar

Procedimiento para ejercer el derecho de petición

Ejercer el derecho de petición

QUIÉN
Ciudadanía
CÓMO
Por Internet | Presencialmente
CUÁNDO
En cualquier momento

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde

¿Necesitas ayuda?

Saber más

Procedimiento para ejercer el derecho de petición

Ejercer el derecho de petición

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
CUÁNDO
En cualquier momento

QUIÉN
CÓMO
Ciudadanía Por Internet | Presencialmente

¿Necesitas ayuda?

¿Necesitas ayuda?

Envía tu consulta

  • Buzón de contacto

Pide cita

  • Oficinas de atención ciudadana para tramitar con ayuda

  • Ayuda a la tramitación por internet
  • Teléfono 012

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • Ley Orgànica 4/2001, de 12 de noviembre del 2001, de regulación del derecho de petición.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  272  publicado el 13/11/2001)
  • DECRETO 21/2003, de 21 de enero, por el que se establece el procedimiento para hacer efectivo el derecho de petición ante las administraciones públicas catalanas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  3810  publicado el 29/01/2003)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Es la solicitud para ejercer un derecho fundamental recogido en el artículo 29 de la Constitución española.

A través de este derecho puedes:

  • Hacer una sugerencia,
  • Ejercer una iniciativa,
  • Pedir una información,
  • Expresar quejas o súplicas,

sobre cualquier asunto o materia relacionado en el ámbito de competencias de la Administración destinataria de la petición.

 

 

  • Si eres un particular: puedes hacer el trámite presencialmente y por internet.
  • Si eres autónomo, profesional, o actúas en nombre de una empresa, entidad o otros colectivos, tienes que hacer el trámite por internet.
  • La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de la fecha de presentación.
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de la Presidència
  • Secretaria d'Administració i Funció Pública
¿A quién va dirigido?
Ciudadanía

A cualquier persona física o jurídica.

Plazos

Puedes solicitarlo en cualquier momento.

Documentación

Puedes aportar documentación para apoyar el escrito de petición.

Requisitos

Las peticiones se tienen que hacer por escrito mediante cualquier medio que permita acreditar la autenticidad, siempre que se cumplan los requisitos siguientes:

  • Que quede constancia de la transmisión y de la recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones.
  • Que se identifique al remitente y el destinatario de la comunicación.
  • Que que se haya señalado el soporte, el medio o la aplicación preferente de comunicación con la Administración de la Generalitat en cualquier momento de la tramitación del procedimiento o del desarrollo de la actuación administrativa.
  • El ciudadano se puede dirigir a los buzones de sugerencias o consultas que tienen las webs de los departamentos de la Generalitat.
Tasas

No tienes que pagar tasas asociadas a este trámite.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Hacer la petición

    Por Internet

    Formulario

    Iniciar . Acceder a Formulario

    Presencialmente

    El escrito de petición, junto con la documentación que se adjunte, debe presentarse en cualquiera de los lugares y por los medios que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En el caso de optar por presentar el formulario en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

    Solicitud para hacer efectivo el derecho de petición

  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    ¿Cuándo recibiré la respuesta?

    En el caso de petición admitida:

    • Recibirás acuse de recibo en el plazo máximo de 10 días.
    • Se resuelve en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de la presentación.
    • Si el órgano que recibe la petición la tramita a otro de la misma administración, institución u organismo, lo tiene que notificar a la persona interesada en el plazo máximo de 10 días.

    No se aplica el silencio administrativo.

    En el caso de petición no admitida:

    • Se tiene que notificar en el plazo máximo de 45 días hábiles desde el dia siguiente de la presentación.
    • Se tienen que explicar los motivos de la inadmisión.

    ¿Cómo recibiré la respuesta?
    Por notificación electrónica a través del área privada o en la dirección postal que hayas indicado:

    • Los autónomos, profesionales, empresas y otros colectivos recibiréis una notificación electrónica. Podéis acceder al contenido a través del servicio e-NOTUM.
    • Si eres un particular recibirás la notificación en la dirección postal que consta en el formulario de solicitud. También podéis acceder a la notificació electrónica a través del servicio e-NOTUM.

    ¿Puedo presentar un recurso?
    Puedes interponer un recurso contencioso administrativo, en el plazo de diez días desde el día siguiente de haber recibido la notificación, en los supuestos siguientes:

    1. La declaración de no admisibilidad de la petición.
    2. La omisión de la obligación de responder.
    3. La falta en la respuesta de alguno de los requisitos mínimos establecidos en el artículo 11 de la Ley orgánica 4/2001, de 12 de noviembre, reguladora del derecho de petición.
  3. 3

    Tercer paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite:

    Puede consultar el estado del trámite:

    • En el 'Área privada' (con idCAT Móvil o/y certificado digital).
    • En el "Estado de mis gestiones' (con el identificador del trámite y el DNI/NIF).
    • En el teléfono 012 (con el código identificador (ID) del trámite y el DNI/NIF).
    • En cualquier Oficina de Atención Ciudadana (OAC), si eres un particular.
Fecha de actualización 28.04.2021
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes