¿Qué tienes que saber?
En el caso de trabajadores en situación de incapacidad temporal (IT), la empresa puede solicitar que el Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas (ICAM) revise su situación.
Los trabajadores a revisar deben estar en situación de Incapacidad Temporal (IT), no de Incapacidad Permanente (IP).
Por otro lado, no se puede pedir por esta vía la revisión de trabajadores que pertenezcan al régimen de MUFACE.
Este trámite sólo lo puedes hacer por internet. La documentación que aportes por otro medio no se tendrá en cuenta ni computará a efectos de fecha de presentación.
Para la solicitud de este trámite se ha habilitado un formulario específico, que es de uso obligatorio. En caso de que presentes la solicitud mediante otros formularios, estos otros se considerarán no presentados.
Organismo responsable
Empresas, autónomos y entidades con trabajadores a cargo.
Se puede solicitar en cualquier momento.
Documentos a presentar para iniciar el trámite
- Documento que acredite la vinculación laboral entre el solicitante y el trabajador (sólo en caso de que el solicitante sea un autónomo).
1. El trabajador o trabajadora por cuenta ajena debe estar en situación de incapacidad temporal (IT) por contingencia comuna.
2. La solicitud la tiene que presentar la empresa o quien ejerza la representación legal.
No hay tasas asociadas a este trámite.
- Si tiene diferentes trabajadores para pasar la revisión, se tiene que hacer una solicitud por cada persona.
- La persona que firma el envío tiene que tener la representación legal de la empresa, por lo tanto, los datos introducidos en el formulario tienen que coincidir con los datos del certificado de la persona que firma el envío.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar
Este trámite sólo lo puedes realizar por Internet. Si eres una persona jurídica, deberás firmar el formulario mediante un certificado digital de representación.
Si firmas en nombre propio, lo deberás hacer mediante certificado digital.
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Segundo paso
Consultar el estado del trámite
Puedes hacerlo en:
Puedes hacerlo en:
- Área privada (con idCAT Móvil o certificado digital).
- Estado de mis gestiones (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
- Teléfono 012 (con el código del trámite y tu NIF/NIE).
Consulta más información sobre cómo acceder y hacer el seguimiento de un trámite.
Si eres una Administración pública, debes realizar el seguimiento de tu trámite a través de EACAT e ir al apartado "Trámites" y después "Mis trámites". Si tienes problemas con la tramitación, abre una petición al Consorcio AOC. -
Tercer paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cuándo recibiré la respuesta?
¿Cuándo recibiré la respuesta?
El ICAM valora la petición y si es necesario, de acuerdo con su programación de visitas, se encarga de citar al trabajador.
¿Cómo recibiré la respuesta?
Recibirás una notificación mediante e-NOTUM si eres una empresa.
Si eres una Administració pública recibirás la respuesta a través de EACAT.
