¿Qué tienes que saber?
Solicitud de participación en el proceso selectivo para la cobertura fija de puestos de trabajo de personal laboral de la Oficina de Apoyo a la Iniciativa Cultural.
Las solicitudes de participación se tienen que presentar en el plazo de 20 días hábiles a contar del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOGC.
Organismo responsable
A las personas que cumplan los requisitos de participación que establece la convocatoria del proceso selectivo.
El plazo para presentar la solicitud es del 24/12/24 en el 24/01/25.
La persona interesada debe hacer constar los datos personales y de contacto, y todos los datos necesarios de participación en el proceso. Las bases de la convocatoria concretan los aspectos que deben tenerse en cuenta para cumplimentar la solicitud (conocimientos de catalán, tasas, etc.).
De acuerdo con estas bases, con la solicitud, las personas aspirantes dan el consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal necesarios para tomar parte en la convocatoria y para el resto de la tramitación del proceso de selección, de acuerdo con la normativa vigente, así como para que el órgano convocante y el Órgano de Selección hagan las comprobaciones y las acreditaciones de oficio.
Los aspirantes que no autorizan la comprobación de las situaciones declaradas en la solicitud deben presentar la documentación acreditativa de las situaciones alegadas junto con la solicitud de admisión al proceso selectivo, o bien hacerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes.
Para participar en estos procesos de selección se tienen que cumplir los requisitos que se indican a continuación:
- Nacionalidad:
- Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea.
- Ser cónyuge de los españoles y de los nacionales otros estados miembros de la Unión Europea.
- Estar incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales suscritos para|por la Unión Europea y ratificados por España en que sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
- Extranjeros con residencia legal en España.
- Edad:
- Tener cumplidos 16 años y no exceder, si procede, la edad máxima de jubilación forzosa legalmente establecida.
- Titulación:
- Estar en posesión, o en condiciones de obtener alguno de los títulos académicos oficiales que, en cada caso, se indican en el artículo 19 del VI Convenio colectivo único para cada uno de los grupos de clasificación profesional, sin perjuicio que si una persona aspirante con vinculación temporal permanece en activo en virtud de otra titulación académica exigida en el momento de inicio de su publicación temporal, esta le será tenida en cuenta a título individual.
A este efecto, de conformidad con el referido artículo 19 del VI Convenio colectivo único, el acceso a las categorías profesionales laborales requiere, en función de su grupo de clasificación, el nivel de titulación siguiente:
- Categorías profesionales del grupo A: título universitario de grado superior o equivalente.
- Categorías profesionales del grupo B: título universitario de grado medio o equivalente.
- Categorías profesionales del grupo C: título de bachillerato, título de técnico/a superior correspondiente a ciclos formativos de grado superior, título de técnico/a especialista correspondiente a Formación Profesional de 2.º grado, o equivalente.
Si se trata de un título obtenido en el extranjero, tendrá que estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, si procede, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesionales reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.
La tasa de participación varía en función del cuerpo y de las circunstancias personales de los aspirantes
- Categorías profesionales del grupo A:
- Tasa general: 72,05 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría general: 50,45 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría especial: 36,05 euros.
- Categorías profesionales del grupo B:
- Tasa general: 56,70 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría general: 39,70 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría especial: 28,35 euros.
- Categorías profesionales del grupo C:
- Tasa general: 41,35 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría general: 28,95 euros.
- Con la bonificación por miembro de familia monoparental o de familia numerosa de categoría especial: 20,70 euros.
En todo caso, están exentas de esta tasa, con la justificación documental de su situación, las personas en situación de desempleo que no perciben ninguna prestación económica, las personas jubiladas y las que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%.
Pasos a realizar
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Primer paso
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Plazos
Del 24/12/2024 al 24/01/2025