Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Servicio de crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Ayudas para proyectos de I+D empresarial
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Ayudas a la innovación tecnológica y verde
        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Ayudas a proyectos de innovación abierta y disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La Agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios
22828 - Subvencions per a la millora d'infraestructures de telecomunicacions en edificis Departament de la Presidència accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas
  • Otras informaciones

Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Consultar el estado del trámite
  3. 3. Presentar documentación o desistir
  4. 4. Recibir la respuesta de la Administración
  5. 5. Justificar y recibir la subvención
  • Ir a: Solicitar la subvención
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Requisitos
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Otras informaciones
  • Ir a: Pasos a realizar

Subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios

Solicitar la subvención

QUIÉN
Entidades
CÓMO
Por Internet
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 30/08/2024 al 31/10/2024

Por Internet Iniciar

¿Necesitas ayuda?

Saber más

Subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios

Solicitar la subvención

Por Internet Iniciar
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 30/08/2024 al 31/10/2024

QUIÉN
CÓMO
Entidades Por Internet

¿Necesitas ayuda?

¿Necesitas ayuda?

Envía tu consulta

  • Buzón de contacto

Suport a la tramitació per Internet

  • Web de suport a la tramitació per Internet

Seleccionar una de las opciones

  • Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para comunidades de vecinos

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para comunidades de vecinos
  • Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para entidades del sector público

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para entidades del sector público
  • Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios COMPLEMENT Millora edificis – UNICO

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios COMPLEMENT Millora edificis – UNICO

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • ORDEN VPD/112/2022, de 16 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia -financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8671  publicado el 19/05/2022)
  • ORDEN PRE/191/2024, de 8 de agosto, de modificación de la Orden VPD/112/2022, de 16 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia - financiado por los fondos europeos NextGeneration.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9225  publicado el 12/08/2024)
  • RESOLUCIÓN PRE/3126/2024, de 27 de agosto, por la que se abre la segunda convocatoria para la concesión de subvenciones para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, a cuyo amparo también se puede solicitar la obtención del incremento de la ayuda concedida en la convocatoria anterior de estas subvenciones, de acuerdo con la disposición transitoria única del Real decreto 522/2024, de 4 de junio (ref. BDNS 782440).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9237  publicado el 29/08/2024)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Son ayudas que tienen como objetivo la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios o conjuntos de edificaciones sujetas al régimen de propiedad horizontal, así como en edificios propiedad de entidades del sector público.

Estas ayudas pueden ir destinadas a subvencionar tres tipos de infraestructuras diferentes:

  1. Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para la radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación completa).
  2. Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para la radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarrápida (instalación parcial, porque para la radiodifusión sonora y televisión digital no se incluye ni los elementos de captación -antenas- ni de adaptación -equipamiento de cabecera-).
  3. Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, por banda ancha ultrarrápida.

Los edificios o conjunto de edificaciones deben estar ubicados dentro del territorio de Cataluña y estar concluidos antes del 1 de enero de 2000.

 

Este trámite solo se puede hacer por internet. La documentación que aportes por otro canal no se tendrá en cuenta ni se computará a efectos de la fecha de presentación.

 

Las subvenciones se conceden por orden de presentación de las solicitudes con la documentación completa hasta acabar la dotación presupuestaria.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de la Presidència
  • Secretaria de Telecomunicacions i Transformació Digital
¿A quién va dirigido?
Entidades
  • A comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de edificaciones, sujetas al régimen de propiedad horizontal.
  • A entidades del sector público que necesiten adaptar las instalaciones de telecomunicaciones en el interior de edificios o conjuntos de edificaciones de su propiedad.

 

Plazos
  • Para solicitar la subvención: del 30 de agosto de 2024 hasta el 31 d’octubre de 2024. En el caso de que se agote el presupuesto asignado, y siempre que no haya expirado el plazo de presentación indicado, se podrán continuar registrando solicitudes en la lista de reserva provisional. 
  • Para ejecutar las actuaciones subvencionadas: hasta el 31 de diciembre de 2024.
  • Para justificar la subvención: de acuerdo con lo que establezca la resolución de concesión, y en todo caso, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actuación, teniendo en cuenta la fecha límite de 31 de diciembre de 2024.

 

Documentación

Para solicitar y justificar esta subvención tendrás que presentar la solicitud que se indica en: 

 

  • La documentación que debes adjuntar en el paso 1 “Solicitar” la podrás encontrar en el Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
  • La documentación que debes adjuntar en el paso 5 “Justificar y recibir la subvención” la podrás encontrar en el punto 14.2 de la ORDREN VPD/112/2022, de 16 de mayo, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado para la Unión Europea-NextGenerationEU.

 

Requisitos

Pera ser beneficiario de la subvención es necesario que cumplas los requisitos indicados en el punto 4.1 de la ORDREN VPD/112/2022, de 16 de mayo, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para la mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia —financiado para la Unión Europea-NextGenerationEU.  Podréis encontrar los documentos normalizados requeridos en el punto 4, 5 y 6:

  • Certificado del acuerdo de la junta de propietarios (adjunta el modelo normalizado).
  • Informe técnico de renovación (adjunta el modelo normalizado).
  • Presupuesto desglosado de la actuación acordada (adjunta el modelo normalizado).

También es necesario que cumplas con el código ético que se indica en el punto 4.2 de la misma Orden.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite

Otras informaciones
Importe de la subvención

El importe de la subvención en ningún caso podrá, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, superar el coste de la actividad subvencionada.

La cuantía máxima de la subvención para cada una de las actuaciones subvencionables previstas en el artículo 12.1 del Real Decreto 990/2021, de 16 de noviembre, y para cada destinatario único, con un máximo subvencionable de hasta 35 viviendas, entendidos como unidades inmobiliarias del edificio o conjunto de edificaciones, se incluye en el anexo IV del Real Decreto 522/2024, de 4 de junio: 

  • Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para la radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarápida (instalación completa):  680 € de coste unitario * 35 viviendas * 100 % de intensidad de ayuda.
    • Importe máximo de la subvención: 23.800 €.
  • Infraestructura de telecomunicaciones adaptada para a la radiodifusión sonora, televisión digital y banda ancha ultrarápida (instalación parcial, puesto que no se incluye la radiodifusión sonora y televisión digital ni los elementos de captación —antenas— ni de adaptación —equipamiento de cabecera–): 600 € de coste unitario * 35 viviendas * 100 % de intensidad de ayuda.
    • Importe máximo de la subvención: 21.000 €.
  • Infraestructura de telecomunicaciones adaptada, exclusivamente, para a banda ancha ultrarápida: 485 € de coste unitario * 35 viviendas * 100 % de intensidad de ayuda.
    • Importe máximo de la subvención: 16.975 €

El importe de cada una de las subvenciones no será inferior al 50% ni superior al máximo del 100% de los gastos subvencionables que consten en las facturas, con los límites que se establecen para cada tipo de actuación en el Anexo IV del Real Decreto 555/2024, de 4 de junio.

En el caso que el coste final efectivo de la actuación subvencionada sea inferior al coste inicialmente presupuestado, se hará la reducción, en la misma proporción, de la cuantía de la subvención otorgada. En caso contrario, el incumplimiento de la intensidad de la subvención establecida comporta la revocación de la subvención otorgada.

 

  • Gastos subvencionables:

Se consideran gastos subvencionables los que de forma inequívoca respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, resulten estrictamente necesarios para la realización de los proyectos, y se materialicen en el plazo que va desde la presentación de la solicitud hasta la fecha de finalización del proyecto, sin perjuicio de las medidas iniciadas a partir del 1 de febrero de 2020 que podrán optar a la financiación siempre que cumplan los requisitos establecidos.

En ningún caso, el coste de adquisición de los bienes o servicios subvencionados podrá superar su valor de mercado.

Son subvencionables los tributos, cuando la persona beneficiaria de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación. 

  • Compatibilidad de las ayudas:

La percepción de estas subvenciones es compatible con la percepción de cualquier otra ayuda de otros programas o instrumentos de cualquier administración pública u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, particularmente de la Unión Europea, siempre que esta ayuda no cubra los mismos costes.

  • Pago de la subvención:

El pago de la subvención se tramita de la manera siguiente:

El 80% del importe de la subvención se tramita, en concepto de anticipo, en el momento de la concesión de la subvención. Para el pago de este anticipo no se exige presentación de garantía.

El 20% restante se pagará una vez la actuación subvencionada ha sido debidamente justificada.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 30/08/2024 al 31/10/2024

    Este trámite solo se puede realizar por internet.
     

    Para tramitar este formulario debes firmar digitalmente.

    Consulta la web de soporte a la tramitación por Internet..

    Por Internet

    Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para comunidades de vecinos

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para comunidades de vecinos

    Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para entidades del sector público

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios para entidades del sector público

    Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios COMPLEMENT Millora edificis – UNICO

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvenciones para la mejora de infraestructuras de telecomunicaciones en edificios COMPLEMENT Millora edificis – UNICO

    La solicitud de subvenciones COMPLEMENT es la misma ayuda, pero destinada a aquellos que ya fueron beneficiarios en la convocatoria VPD/2159/2022.  En aquella convocatoria, la subvención se cobraba en un 70% de la totalidad solicitada, y en la convocatoria de 2024, los que la cobraron, deben hacer un nuevo trámite indicando que ya la cobraron y quieren el 30% restante. 

     

    Es este caso, al haber cobrado ya la subvención, no podrán escoger ninguna de las acciones de mejora, sino que el importe restante que cobraran debe ser destinado a complementar la inversión ya hecha.

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Consulta el estado del trámite en las páginas siguientes:

    Consulta el estado del trámite en las páginas siguientes:

    • Área privada (con idCAT Mòbil o certificado digital), si eres un particular
    • Estado de mis gestiones (con el identificador del trámite y el DNI/NIF)
    • Teléfono 012 (con el código identificador —ID— del trámite y el DNI/NIF)
  3. 3

    Tercer paso

    Presentar documentación o desistir

    Presentar documentación

    Presentar documentación

    • Puedes aportar documentación adicional mediante el formulario de este paso, en cualquier momento desde la presentación de la solicitud.

    Desistir

    • La falta de presentación de la documentación o de enmienda de los requisitos dentro del plazo de diez días hábiles y con previo requerimiento, comporta el desistimiento.

     

    Para rellenar y enviar el formulario es necesario saber el número de expediente, el cual se encuentra en la sección "Área privada" una vez se haya confirmado la entrada de la solicitud de la subvención. Consulta, cómo buscar el número de expediente.

    Por Internet

    Aportación de documentació por parte de comunidades de vecinos

    Iniciar . Acceder a Aportación de documentació por parte de comunidades de vecinos

    Aportación de documentación por parte de entitades públicas

    Iniciar . Acceder a Aportación de documentación por parte de entitades públicas

    Aportación de documentación por parte de COMPLEMENT Millora edificis – UNICO

    Iniciar . Acceder a Aportación de documentación por parte de COMPLEMENT Millora edificis – UNICO
  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Cuándo recibiré respuesta?  En un plazo máximo de seis meses desde la fecha de solicitud de la subvención. Si no has recibido respuesta pasado este plazo, se entenderá desestimada.

    • ¿Cuándo recibiré respuesta? 

    En un plazo máximo de seis meses desde la fecha de solicitud de la subvención. Si no has recibido respuesta pasado este plazo, se entenderá desestimada.

    • ¿Cómo recibiré la respuesta?

    La concesión o denegación se notificará con la publicación en el tablero electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, sin perjuicio de utilizar adicionalmente otros medios electrónicos.

    • ¿Puedo interponer un recurso?

    Contra la resolución de concesión dictada, que no pone fin a la vía administrativa, puedes interponer un recurso de alzada, de conformidad con lo que establece el artículo 76 de la Ley 26/2010, del 3 de agosto, de régimen jurídico y del procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la notificación, ante el órgano que ha dictado el acto impugnado o ante el órgano competente para resolver el recurso. 

  5. 5

    Quinto paso

    Justificar y recibir la subvención

    Para ejecutar la actuación por parte de la persona beneficiaria: hasta el 31 de diciembre de 2024. Para presentar la documentación justificativa: de acuerdo con lo que establezca la resolución de [...]

    • Para ejecutar la actuación por parte de la persona beneficiaria: hasta el 31 de diciembre de 2024.
    • Para presentar la documentación justificativa: de acuerdo con lo que establezca la resolución de concesión, y en todo caso, en un plazo máximo de tres meses desde la finalización de la actuación, teniendo en cuenta la fecha límite de 31 de diciembre de 2024.

    Una vez verificada la justificación, se realizará el pago.

    Para rellenar y enviar el formulario es necesario saber el número de expediente, el cual se encuentra en la sección "Área privada". Consulta, cómo buscar el número de expediente.

    Por Internet

    Justificación de la subvención por parte de comunidades de vecinos

    Iniciar . Acceder a Justificación de la subvención por parte de comunidades de vecinos

    Justificación de la subvención por parte de entidades públicas

    Iniciar . Acceder a Justificación de la subvención por parte de entidades públicas

    Justificación de la subvención por parte de COMPLEMENT Millora edificis – UNICO

    Iniciar . Acceder a Justificación de la subvención por parte de COMPLEMENT Millora edificis – UNICO
     
Fecha de actualización 29.08.2024
Imagen logotipo fondos Next Generation
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes