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  • Subvenciones Eurodistrito para proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo
8417 - Subvencions pluriennals Eurodistricte al desenvolupament de projectes de cooperació a l'Espai Català Transfronterer Departament de la Presidència accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar
  2. 2. Recibir la respuesta de la Administración
  3. 3. Aceptar la subvención y adjuntar la documentación
  4. 4. Recibir la subvención
  5. 5. Justificar la subvención
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Subvenciones Eurodistrito para proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo

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Normativa

  • Resolución PRE/1346/2025, de 5 de abril, por la que se abre la convocatoria correspondiente al año 2025 para la concesión de las subvenciones plurianuales Eurodistrito para el desarrollo de proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo 2025-2026 (ref. BDNS 826483)

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  9393  publicado el 15/04/2025)
  • CORRECCIÓN DE ERRATAS en la Orden PRE/93/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones plurianuales Eurodistrito para el desarrollo de proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo (DOGC núm. 8400, de 3.5.2021).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8417  publicado el 25/05/2021)
  • ORDEN PRE/93/2021, de 29 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones plurianuales Eurodistrito para el desarrollo de proyectos de cooperación en el Espacio Catalán Transfronterizo.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8400  publicado el 03/05/2021)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?
Estas subvenciones apoyan proyectos transfronterizos de cooperación desarrollados en el territorio del Espacio Catalán Transfronterizo.
  • Plazo para hacer la solicitud: del 16 de abril al 15 de mayo de 2025.
  • Fecha de plazo de ejecución de micro-proyecto transfronterizo: Martes 30 de junio de 2026.
  • Fecha de plazo de justificaciones de microproyectos 2025-2026: Lunes 31 de agosto de 2026 (incluido).
Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de la Presidència
  • Casa de la Generalitat a Perpinyà
¿A quién va dirigido?
Entidades
Otras administraciones
A asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro con presencia en el territorio del Eurodistrito del Espacio Catalán Transfronterizo (comarcas de la demarcación de Girona y departamento de los Pirineos Orientales), así como a las administraciones locales y sus entes u organismos dependientes y las universidades públicas de las comarcas de la demarcación de Girona.
Plazos
  • Plazo para hacer la solicitud: del 16 de abril al 15 de mayo de 2025.
  • Fecha de plazo de depósito: Jueves 15 de mayo de 2025 (incluido)

  • Fecha de plazo de ejecución de micro-proyecto transfronterizo: Martes 30 de junio de 2026

  • Fecha de plazo de justificaciones de microproyectos 2025-2026: Lunes 31 de agosto de 2026 (incluido)

Documentación

Documentos

Guía para la tramitación electrónica de solicitudes vía Trámites Gencat

Guía para la tramitación electrónica de solicitudes vía EACAT

Requisitos
Requisitos de los beneficiarios: Artículo4 de la ORDEN PRE/93/2021 (bases reguladoras)
 
Los proyectos deben situarse en el territorio del Eurodistrito del Espacio Catalán Transfronterizo (comarcas de la demarcación de Girona y departamento de los Pirineos Orientales) y adecuarse a una de las siguientes temáticas:
  • Desarrollo socioeconómico.
  • Educación.
  • Turismo.
  • Deportes.
  • Cultura.
  • Juventud.
  • Medio ambiente.
  • Acción social.
  • Igualdad y género.
Tasas
No hay tasas asociadas a este trámite.
Criterios de valoración
Las solicitudes se valoran con una puntuación máxima de 100 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:
  1. Calidad del partenariado (máximo 20 puntos): se priorizarán los proyectos que fomenten una cooperación sólida y duradera entre socios situados a ambos lados de la frontera, y los proyectos transfronterizos de integración estructural conjunta o sectorial.

  2. Valor añadido transfronterizo (máximo 20 puntos): se priorizarán los proyectos de cooperación estratégicos para la vertebración del Eurodistrito del Espacio Catalán Transfronterizo, con una proyección transfronteriza comprobada y eficiente, así como los proyectos en los que los socios del departamento los Pirineos Orientales deberán duplicado la petición, con la presentación de una solicitud en el marco de la convocatoria paralela del Consejo General de los Pirineos Orientals.La valoración de este criterio se hará de la siguiente forma:
    - Valoración del carácter transfronterizo (máximo de 10 puntos).
    - Calidad del proyecto (máximo de 10 puntos).

  3. Viabilidad (máximo 60 puntos): se comprobará la validez técnica y financiera de los proyectos de los que se espera un impacto sobre el territorio.
    La valoración de este criterio se hará de la siguiente forma:
    - Definición de objetivos (máximo 20 puntos).
    - Adecuación de las actividades propuestas (máximo 10 puntos).
    - Resultados esperados (indicadores) (máximo 10 puntos).
    - Proporcionalidad y coherencia entre presupuesto y acciones del proyecto (máximo 10 puntos).
    - Proporcionalidad entre la subvención solicitada y el presupuesto (máximo 10 puntos).

Las solicitudes que obtengan una valoración inferior a 50 puntos no serán merecedoras de la ayuda.

 

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar

    Plazos
    Del 16/04/2025 al 15/05/2025

    Este trámite se puede hacer por internet con certificado digital.

    Consultad la lista de certificados digitales admitidos y las condiciones técnicas para tramitar en línea en Tràmites gencat.

    Conozca las condiciones técnicas y la configuración de los navegadores que le permite ver y descargar los documentos en formato pdf.

    Por Internet

    Formulario electrònico de solicitud

    Iniciar . Acceder a Formulario electrònico de solicitud

    Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de solicitud para entidades locals (EACAT)
  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Como y cuando se recibe la respuesta?

    ¿Como y cuando se recibe la respuesta?

    La propuesta provisional de concesión de las subvenciones se notifica a las personas interesadas a través de la publicación al Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya. Esta publicación sustituye a la notificación individual y tiene los mismos efectos.

    La publicación de la resolución del procedimiento en el tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya sustituye la notificación individual y tiene los mismos efectos.

  3. 3

    Tercer paso

    Aceptar la subvención y adjuntar la documentación

    El formulario de aceptación de la propuesta provisional se presentará mediante el formulario electrónico de aportación, que se encuentra al final de esta página.Junto con el documento de [...]

    El formulario de aceptación de la propuesta provisional se presentará mediante el formulario electrónico de aportación, que se encuentra al final de esta página.

    Junto con el documento de aceptación cada entidad deberá presentar la documentación a aportar establecida en el anexo de la propuesta provisional. Esta documentación puede incluir uno o varios de los siguientes documentos:

    a) Estatutos o documentación relativa a la personalidad jurídica y la capacidad de obrar de la entidad, actualizada e inscrita en el registro correspondiente.
    b) Documentación acreditativa de la representación con que actúa el firmante de la solicitud.
    c) Impreso normalizado de domiciliación bancaria debidamente conformado por la entidad bancaria de la entidad solicitante de acuerdo con lo establecido por el Reglamento (CE) 260/2012. No se requerirá esta documentación a las entidades propuestas como beneficiarias cuando se verifique que los datos bancarios que se indican en el formulario normalizado de solicitud ya están validadas en los sistemas de gestión económica de la Administración de la Generalitat de Catalunya.
     
    Junto con el formulario de aceptación se puede presentar la reformulación del proyecto y del presupuesto si el importe de la subvención de la propuesta provisional es inferior a la solicitada, para ajustarlo a la subvención atorgable de acuerdo con aquello establecido en la base 13.3 de la Orden PRE/93/2021, de 29 de abril.

    Por Internet

    Formulario de aportación de documentación 2023

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación 2023

    Formulario de aportación de documentación 2024

    Iniciar . Acceder a Formulario de aportación de documentación 2024

    Formulari d'aportació de documentació per a ens locals (EACAT)

    Iniciar . Acceder a Formulari d'aportació de documentació per a ens locals (EACAT)
    Documentos relativos a la tramitación de aportación de documentación relativa a la aceptación de la propuesta provisional de la subvención:

    Formulario de aceptación de la propuesta provisional

    Impreso normalitzado de domiciliación bancaria: solicitud de transferencia bancaria (àrea SEPA) (Tipo de fchero: pdf)

  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la subvención

    El pago de la subvención se tramita de la manera siguiente:

    El pago de la subvención se tramita de la manera siguiente:

    • La tramitación de el 80% del importe de la subvención se iniciará en el momento de su concesión. Para el pago de este adelanto no se exige la prestación de garantía.
    • La tramitación de el 20% restante se iniciará una vez cumplida la obligación de justificación del gasto.
  5. 5

    Quinto paso

    Justificar la subvención

      Cuenta justificativa de les subvenciones Eurodistricto   Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar telemáticamente, no más tarde del 31 de agosto del año siguiente a la [...]

    Plazos
    Del 16/04/2025 al 31/08/2026
     
    Cuenta justificativa de les subvenciones Eurodistricto
     
    Los beneficiarios de las subvenciones deberán presentar telemáticamente, no más tarde del 31 de agosto del año siguiente a la correspondiente convocatoria, la documentación justificativa del cumplimiento del objeto de la subvención y de la aplicación de los fondos percibidos, en los siguientes términos::

    Fundaciones, otras entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades:

    Esta cuenta justificativa tiene que incluir la documentación siguiente:

    - Una memoria explicativa del cumplimiento|cumplido de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, en que se indiquen las actividades realizadas y los resultados obtenidos.

    - Una memoria económica sobre el coste de las actividades realizadas, en las que conste

    a) Una relación clasificada de los gastos de la actividad, siguiendo el modelo normalizado, con la identificación del acreedor o acreedora, número de la factura o documento de valor probatorio equivalente en el tráfico mercantil, el importe, la fecha de emisión y, si procede, la fecha de pago

    b)Una declaración responsable de la persona beneficiaria con el contenido mínimo siguiente:

    - Que los justificantes de gasto se han imputado a las diferentes fuentes de financiación de manera que no se supera el importe unitario de cada justificante.

    - Que el total de las fuentes de financiación no supera el coste de la actuación subvencionada.

    - Que se dispone de un sistema de contabilidad separada o que los justificantes de gasto tienen asignado un código contable común a las transacciones relacionadas con la actuación subvencionada.

    c) La liquidación del presupuesto donde se indiquen y, si procede, se motiven las desviaciones con respecto al presupuesto inicial.

    d) Una relación detallada de los otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. Cuando los justificantes de los gastos se imputen parcialmente a otras subvenciones, se tiene que indicar la cuantía exacta o porcentaje imputado a cada una, con la identificación de los órganos concedentes.

    e) Los presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, tiene que haber solicitado la persona beneficiaria.
     
    Administraciones locales y entes que dependen:

    Las personas beneficiarias que sean administración local y entes locales que dependen tendrán que justificar el cumplimiento del objeto de la subvención mediante la aportación de un certificado de la persona titular de la intervención o secretaría-intervención donde|dónde emita una declaración responsable con el contenido mínimo siguiente:

    -Que el importe de la subvención (identificación de la actuación subvencionada) ha sido registrado en la contabilidad.

    -Que la relación de gastos que se adjunta a la declaración responsable corresponde a actuaciones subvencionables, justificadas mediante facturas u otros documentos contables de valor probatorio equivalente, y que han sido efectuadas y pagadas dentro de los plazos establecidos en la convocatoria de la subvención y las bases reguladoras.

    -Que el objeto subvencionado ha sido ejecutado de acuerdo con las bases reguladoras de la subvención y la normativa aplicable.

    -Que el total de las fuentes de financiación no supera el coste de la actuación subvencionada.

    -Que la documentación original acreditativa de los gastos realizados se encuentra a disposición del órgano concedente, de la Intervención General de la Generalitat y de la Sindicatura de Cuentas.

    La relación de gastos mencionada en el apartado anterior tiene que seguir el modelo normalizado de cuenta justificativa.

    Las personas beneficiarias que sean administración local y entes locales también tendrán que presentar una memoria explicativa del cumplimiento de la finalidad de la acción, actividad o proyecto subvencionado, en que se indiquen las actividades realizadas y los resultados obtenidos.
     
    Plan de verificación:

    El órgano instructor con el fin de comprobar el cumplimiento de la finalidad de la subvención otorgada, como también la exactitud, la conformidad y la integridad de la documentación acreditativa del gasto efectuado realizará un plan de verificación a aquellas entidades con forma jurídica de fundaciones, otras entidades privadas sin ánimo de lucro y universidades de acuerdo con el Anexo 1 de la convocatoria.
     
     
     

     

    Por Internet

    Formulario electrónico de justificación

    Iniciar . Acceder a Formulario electrónico de justificación

    Formulari electrònic de justificació per a ens locals (EACAT)

    Iniciar . Acceder a Formulari electrònic de justificació per a ens locals (EACAT)
Fecha de actualización 15.04.2025
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