¿Qué tienes que saber?
Subvenciones para la elaboración de materiales de promoción de obras de literatura catalana y aranesa que tengan como finalidad exclusiva la promoción internacional de los derechos de transformación de las citadas obras y que se realicen durante el año de la convocatoria.
No hay tasas asociadas a este trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar subvención
Plazos
Del 08/04/2025 al 30/06/2025 -
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se [...]
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Tercer paso
Recibir la subvención
El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez efectuada la actividad subvencionada y previa presentación de la documentación justificativa establecida [...]
El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago del 100% del importe otorgado una vez efectuada la actividad subvencionada y previa presentación de la documentación justificativa establecida en las bases.
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Cuarto paso
Justificar la subvención
Las personas beneficiarias deben aportar como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una cuenta justificativa con aportación [...]
Las personas beneficiarias deben aportar como documentación justificativa para la tramitación del pago del importe total concedido en concepto de subvención, una cuenta justificativa con aportación de justificantes de gasto.
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención será de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad subvencionada y la resolución de otorgamiento todavía no ha sido publicada, el plazo para presentar la documentación justificativa será de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación. En cualquier caso, la fecha máxima para presentar la documentación justificativa es el 15 de noviembre del año de la convocatoria.
Las personas solicitantes de la subvención, al margen de la fecha de publicación de la resolución de otorgamiento, pueden presentar la documentación justificativa desde el momento en que dispongan, siempre respetando los plazos establecidos en el párrafo anterior.