¿Qué tienes que saber?
Subvenciones para la realización de proyectos de residencias internacionales desarrollados en equipamientos, festivales, centros de creación u otras entidades que se lleven a cabo fuera del Estado español en el ámbito de las artes visuales, las artes escénicas, el cine, la música, el diseño y la arquitectura.
Pueden ser beneficiarias de estas subvenciones las personas jurídicas que sean titulares o gestionen los equipamientos, festivales, centros de creación u otras entidades que formen parte del ámbito artístico cultural catalán así como aquellas de internacionales que acojan proyectos que contribuyan a la proyección y la difusión exterior de la lengua y la cultura catalanas.
Del 17 de febrero al 5 de marzo de 2025, ambos inclusive.
No hay tasas asociadas al trámite.
Pasos a realizar
-
Primer paso
Sol·licitar
Plazos
Del 17/02/2025 al 05/03/2025 -
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las [...]
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el tablón electrónico del Institut Ramon Llull y en el tablón de anuncios de la sede de Barcelona (Avenida Diagonal, 373, 08008 Barcelona).
-
Tercer paso
Justificar la subvención
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención será de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad [...]
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención será de un mes a contar a partir de la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad subvencionada y la resolución de otorgamiento todavía no ha sido publicada, el plazo para presentar la documentación justificativa será de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación. En cualquier caso, la fecha máxima para presentar la documentación justificativa es el 30 de noviembre del año de la convocatoria.
-
Cuarto paso
Realizar el pago
El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago mediante un anticipo del 50% del importeotorgado, a partir de la notificación de la concesión, por la que no se exigen garantías. El pago del [...]
El Institut Ramon Llull inicia la tramitación del pago mediante un anticipo del 50% del importe
otorgado, a partir de la notificación de la concesión, por la que no se exigen garantías. El pago del 50%
restante se tramita una vez la actividad objeto de la subvención ha sido debidamente justificada y se ha cumplido la
finalidad que motivó su concesión