¿Qué tienes que saber?
Convocatoria 2025 er a la concesión de subvenciones en especie destinadas a creadores/as del ámbito artístico cultural catalán que hayan sido seleccionados para participar en una residencia internacional con la que el Institut Ramon Llull tiene un acuerdo de colaboración
Pueden optar a estas subvenciones las personas físicas, creadores/as que formen parte del ámbito artístico cultural catalán, que hayan sido seleccionadas para participar en una residencia internacional organizada por un centro con el que el Institut Ramon Llull tenga un acuerdo de colaboración.
Del 30 de julio al 10 de septiembre de 2025, ambos inclusive.
No hay tasas asociadas al trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Sol·licitar
Plazos
Del 30/07/2025 al 10/09/2025 -
Segundo paso
Recibir la respuesta de la Administración
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las [...]
La persona titular de la Dirección del Institut Ramon Llull resolverá en el plazo máximo de seis meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria. La resolución se notificará a las personas interesadas mediante su publicación en el tablón electrónico del Institut Ramon Llull y en el tablón de anuncios de la sede de Barcelona (Av. Diagonal, 373, 08008 Barcelona)
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Tercer paso
Realizar el pago
No existe pago a las personas solicitantes de la subvención dado que el importe de los gastos subvencionables se abona a los centros/instituciones/entidades organizadores de las residencias [...]
No existe pago a las personas solicitantes de la subvención dado que el importe de los gastos subvencionables se abona a los centros/instituciones/entidades organizadores de las residencias internacionales que organizan las residencias internacionales.
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Cuarto paso
Justificar
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención será de un mes a contar desde la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad subvencionada y [...]
El plazo de presentación de la documentación justificativa de la subvención será de un mes a contar desde la finalización de la actividad subvencionada. Si ha finalizado la actividad subvencionada y la resolución de otorgamiento todavía no ha sido publicada, el plazo para presentar la documentación justificativa es de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación