¿Qué tienes que saber?
El objeto de este procedimiento es regular la declaración de espacios de protección arqueológica, según la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del Patrimonio Cultural Catalán.
Se consideran espacios de protección arqueológica los sitios que no han sido declarados de interés nacional donde, por evidencias materiales, por antecedentes históricos o por otros indicios, se presume la existencia de restos arqueológicos o paleontológicos.
Organismo responsable
Personas físicas, personas jurídicas y administraciones públicas.
Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.
No hay tasas asociadas al trámite.
Pasos a realizar
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Primer paso
Solicitar Declaración de Espacio de Protección Arqueológica
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Segundo paso
Los espacios de protección arqueológica son determinados por resolución del/a consejero/a de Cultura, con audiencia de los interesados y del ayuntamiento afectado. Se dará cuenta al ayuntamiento y a [...]
Los espacios de protección arqueológica son determinados por resolución del/a consejero/a de Cultura, con audiencia de los interesados y del ayuntamiento afectado. Se dará cuenta al ayuntamiento y a los interesados de la resolución, que no debe ser publicada en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña.