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5504 - Modificació dels estatuts d'una federació Departament de Justícia i Qualitat Democràtica accio
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Pasos a realizar

  1. 1. Realizar la inscripción
  2. 2. Consultar el estado del trámite
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Normativa

  • LEY 5/2020, de 29 de abril, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público y de creación del impuesto sobre las instalaciones que inciden en el medio ambiente.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8124  publicado el 30/04/2020)
  • Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

    . Abrir en una nueva ventana. (BOE  núm.  73  publicado el 26/03/2002)
  • LEY 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5123  publicado el 02/05/2008)
  • CORRECCIÓN DE ERRATA en la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas (DOGC núm. 5123, pág. 34378, de 2.5.2008).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  5170  publicado el 10/07/2008)
  • ORDEN JUS/106/2020, de 30 de junio, por la que se da publicidad a la relación de tasas vigentes que gestiona el Departamento de Justicia.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  8168  publicado el 03/07/2020)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Las federaciones inscritas en el Registro de Asociaciones deben solicitar la inscripción de la modificación de los estatutos en el registro.

Este trámite sólo se puede hacer por internet y con certificado digital.
No se tendrá en cuenta la documentación que no se entregue por este canal, ni computará a efectos de fecha de presentación.

Una vez generada la carta de pago, se debe ingresar la tasa en el plazo de 10 días hábiles. Si transcurrido este plazo no se ha abonado el mporte corresponente, se entenderá la solicitud como desestimada y se cerrará el procedimiento.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Justícia i Qualitat Democràtica
  • Direcció General de Dret, Entitats Jurídiques i Mediació
¿A quién va dirigido?
Entidades

A  las federaciones inscritas en el Registro de entidades.

Plazos

Se puede inscribir en cualquier momento.

 

Documentación

Se debe adjuntar a la solicitud:

- La certificación relativa al acuerdo de la modificación de estatutos, firmado por el secretario i el presidente inscritos y con mandato vigente.
- Un ejemplar de la versión actualizada de los estatutos, firmados por el secretario con el visto bueno del presidente, identificados por su nombre, apellidos y cargo, y fechados el mismo dia del acuerdo de la asamblea general.

El modelo que proponemos a continuación es orientativo y se debe leer y adaptar a las necesidades de cada asociación, teniendo en cuenta que el único contenido obligatorio es el que prevé el artículo 321-4 del CCC.

Las anotaciones a pie de página que aparecen en el modelo no deben figurar en los estatutos porque únicamente se hacen constar a los efectos de informar sobre las diversas opciones.

  • Modificación de los estatutos de una federación [DOC]

  • Modificación de los estatutos de una federación [PDF]

Tasas

34,15 €
El importe se actualitza anualmente de acuerdo con la ley de presupuestos.

El pago de la tasa se puede hacer en cualquier cajero automático de CaixaBank con una tarjeta de crédito o débito de cualquier entidad o, si se dispone de una, con una libreta o una cuenta corriente de CaixaBank. El pago también se puede hacer por internet, mediante la opción de pagos en línea de la web de CaixaBank. Hay que conservar el resguardo justificativo del pago como comprobante. La justificación del pago de la tasa sólo se exige en el momento de iniciar la prestación del servicio.

Si se presenta documentación complementaria relativa a un expediente en trámite, no se debe volver a pagar la tasa.


Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Realizar la inscripción

    Para garantizar que está utilizando la última versión de los formularios en el momento de la tramitación, es necesario que cada vez que los haya de usar le los descargue. Si reutilice los documentos se puede dar el caso que presente una versión obsoleta.

    Por Internet

    Solicitar

    Iniciar . Acceder a Solicitar

    Cómo hacerlo?

    1. Descargue el formulario.
    2. Rellene, valide y guarde el formulario.
    3. Envíelo a tramitar y recibirá el acuse de recibo.

    Consulte las condiciones técnicas necesarias para hacer trámites en línea en Trámites gencat.  

  2. 2

    Segundo paso

    Consultar el estado del trámite

    Puede consultar el estado del trámite desde el Área privada.

    Puede consultar el estado del trámite desde el Área privada.

    Por Internet

    A través de Mi carpeta.

  3. 3

    Tercer paso

    Recibir la respuesta de la Administración

    ¿Qué respuesta se recibe?En un plazo máximo de tres meses, si se cumplen los requisitos legales, se recibirá una resolución de inscripción firmada por la persona titular de la Dirección General de [...]

    ¿Qué respuesta se recibe?

    En un plazo máximo de tres meses, si se cumplen los requisitos legales, se recibirá una resolución de inscripción firmada por la persona titular de la Dirección General de Derecho, Entidades Jurídicas i Mediación.

    Si no se cumplen los requisitos legales, en cambio, se recibirá un escrito en el que se detallarán los aspectos que hay que rectificar y/o la documentación necesaria que debe presentarse para que se pueda inscribir la modificación de los estatutos de la federación.

    Si en estos meses no hay respuesta, se entenderá que la solicitud ha sido estimada por silencio administrativo.

    ¿Cómo se recibe la respuesta?

    Recibirá un mensaje por SMS o por correu electrónico que le avisará que tiene una notificación electrónica. Podrá acceder a ella a través del servicio e-NOTUM o entrando en su Área privada. En ambos casos, deberá identificarse mediante el idCAT Móvil y/o certificado digital.

Fecha de actualización 17.08.2023
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