Para poder garantizar tu privacidad en este web y no dejar rastro de tu actividad, ten en cuenta lo siguiente:

Salir rápido

1. Dispones del botón Salir rápido para salir inmediatamente.

pdf

2. Cuando abras un PDF, simplemente visualízalo, sin guardarlo.

esborrar-historial

3. Asegúrate de borrar tu historial de navegación antes de salir.

mode-incognit

4. Utiliza la navegación privada o de incógnito.

Saltar al contenido principal
. Abrir en una nueva ventana.Logotipo de la Generalitat
Menú
  • Contacto
  • Idioma: es
    • Català
Buscador

Buscador

Servicios de Internacionalización
Servicios de Innovación
Servicios para Startups
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Inicio
  • Accede a “Ayudas y servicios”
    • Por dónde empezar
    • Accede a “¿Quieres crecer?”

      • Asesoramiento en crecimiento y estrategia empresarial
      • Cupones de estrategia
      • Ayudas de crecimiento y cambio estratégico
      • Clústers: colaborar para reforzar la estrategia
      • Oficina Next Generation EU
      • Oficina Pública para la Transformación de las Industrias de Movilidad y Automoción
      • Servicio de crecimiento empresarial
      • Accede a “¿Quieres crecer?”

    • Accede a “¿Quieres innovar?”

      • Asesoramiento en innovación y tecnología para la empresa
      • Cupones de innovación
      • Ayudas I+D europeas
      • Accede a “I+D en la empresa”

        • Asesoramiento para proyectos de I+D
        • Protección de la propiedad intelectual e industrial
        • I+D con centros tecnológicos y grupos de investigación TECNIO
        • Ayudas para proyectos de I+D empresarial
        • Accede a “I+D en la empresa”

      • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

        • Ayudas a la innovación tecnológica y verde
        • Innovación digital avanzada
        • Innovación verde
        • Accede a “Innovación digital avanzada y verde”

      • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

        • Aceleración de proyectos de innovación disruptiva
        • Ayudas a proyectos de innovación abierta y disruptiva
        • Catalonia Exponential Leaders
        • Retos y soluciones de innovación abierta
        • Accede a “Innovación abierta y disruptiva”

      • Accede a “Servicios para Startups”

        • Directorio de startups en Cataluña
        • Financiación para startups
        • Ayudas Startup Capital
        • Accede a “Servicios para Startups”

      • Accede a “¿Quieres innovar?”

    • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

      • Asesoramiento en internacionalización y comercio internacional
      • Respondemos. Plan de defensa de la Cataluña de todos
      • Barreras en el comercio internacional
      • Accede a “Empieza a exportar”

        • Iniciación a la exportación
        • Cupones de internacionalización
        • Trade Portal: información práctica para exportar
        • Accede a “Empieza a exportar”

      • Accede a “Expansión internacional”

        • Acceso a licitaciones internacionales
        • Ayudas de multilocalización: nuevas filiales en el extranjero
        • Ayudas de promoción internacional
        • Ayudas para exportar a través de canales digitales
        • Exportación con las Oficinas Exteriores de Cataluña
        • Internacionalización sectorial
        • Encontrar compradores internacionales
        • Accede a “Expansión internacional”

      • Accede a “¿Quieres internacionalizarte?”

    • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

      • Captación de socios internacionales
      • Apoyo para empresas extranjeras establecidas en Cataluña
      • Accede a “¿Quieres invertir en Cataluña?”

    • Financiación
    • Buscador de ayudas y servicios para la empresa. Abrir en una nueva ventana.
    • Banco de conocimiento. Abrir en una nueva ventana.
    • Accede a “Ayudas y servicios”

    Ayudas y servicios

    Accede a “Ayudas y servicios”

  • Países
  • Sectores
  • Actividades
  • Accede a “ACCIÓ”
    • La Agencia
    • Delegaciones territoriales
    • Red de Oficinas Exteriores de Comercio e Inversiones
    • Sala de prensa y comunicación
    • Preguntas frecuentes
    • Contacto
    • Accede a “ACCIÓ”

    ACCIÓ

    Accede a “ACCIÓ”

  • Inicio
  • Ayudas y servicios
  • Subvenciones para sustituir balizas luminosas en los parques eólicos
20203 - Subvencions per substituir balises lluminoses als parcs eòlics Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica accio
  • ¿Qué tienes que saber?
  • ¿Qué es?
  • ¿A quién va dirigido?
  • Plazos
  • Documentación
  • Requisitos
  • Tasas
  • Otras informaciones

Pasos a realizar

  1. 1. Solicitar la subvención
  2. 2. Recibir la propuesta de resolución provisional
  3. 3. Presentar documentación, alegar y desistir
  4. 4. Recibir la resolución definitiva
  5. 5. Justificar la subvención
  • Ir a: Tramitar la subvención
  • Ir a: ¿Qué es?
  • Ir a: ¿A quién va dirigido?
  • Ir a: Plazos
  • Ir a: Documentación
  • Ir a: Requisitos
  • Ir a: Tasas
  • Ir a: Otras informaciones
  • Ir a: Pasos a realizar

Subvenciones para sustituir balizas luminosas en los parques eólicos

Tramitar la subvención

QUIÉN
Empresas y profesionales
CÓMO
Por Internet | Presencialmente
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 28/12/2018 al 28/01/2019

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
Saber más

Subvenciones para sustituir balizas luminosas en los parques eólicos

Tramitar la subvención

Por Internet Iniciar
Presencialmente Consulta dónde
CUÁNDO
Fuera de plazo

Del 28/12/2018 al 28/01/2019

QUIÉN
CÓMO
Empresas y profesionales Por Internet | Presencialmente

¿Necesitas ayuda?

Suscripción a los avisos informativos

Recibirás información de novedades generales relacionadas con este trámite como el inicio de plazos, cambios en los formularios, etc...

Añadir como trámite favorito en el área privada

Estará siempre disponible y puedes elegir si ver los avisos informativos allí o recibirlos por correo.

Suscripción solo con un correo electrónico

Recibirás los avisos informativos en tu correo. Para gestionar las suscripciones, entra en tu área privada.

Normativa

  • RESOLUCIÓN TES/2867/2018, de 27 de noviembre, de convocatoria de subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija, para el año 2019 (ref. BDNS 426868).

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7775  publicado el 27/12/2018)
  • ORDEN TES/134/2017, de 26 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija.

    . Abrir en una nueva ventana. (DOGC  núm.  7401  publicado el 29/06/2017)

¿Qué tienes que saber?

¿Qué es?

Son subvenciones que tienen por objetivo fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos en Cataluña que por la noche emitan luz que no sea roja fija.

Normativa aplicable

Organismo responsable

  • Departament de Territori, Habitatge i Transició Ecològica
  • Direcció General de Canvi Climàtic i Qualitat Ambiental
¿A quién va dirigido?
Empresas y profesionales

A las personas jurídicas titulares de los parques eólicos en funcionamiento en Cataluña a la fecha de entrada en vigor del Decreto 190/2015, de 25 de agosto, de desarrollo de la Ley 6/2001, de 31 de mayo, de ordenación ambiental del alumbrado para la protección del medio nocturno, que por la noche emitan luz que no sea roja fija.

Plazos
  • Plazo para presentar la solicitud: desde el 28 de diciembre de 2018 al 28 de enero de 2019 (ambos inclusive).
  • Plazo para ejecutar las actuaciones: desde el 1 de ene�ro de 2019 al 28 de octubre de 2019 (incluido).
  • Plazo máximo para justificar: 4 de noviembre de 2019 (incluido).
Documentación

Fase 'Presentación de solicitud':

  1. Formulario de solicitud del 'Paso 1 Solicitar la subvención'.
  2. Proyecto técnico de la actuación de sustitución de las balizas de los aerogeneradores del parque eólico, en formato de tabla, que debe incluir:
    • Una enumeración de todos los aerogeneradores con balizas que emitan luz que no sea roja fija y sus coordenadas UTM (31N/ETRS89) individuales.
    • El tipo de luz (luz blanca o luz roja) que actualmente emiten cada una de estas balizas por la noche y su régimen de intermitencia y señalar cuántas de estas balizas se sustituirán por otras que emitan luz roja fija.
  3. Memoria descriptiva de las actuaciones realizadas con cargo a la subvención que se pueda otorgar, en el caso de actuaciones ya ejecutadas antes de la presentación de la solicitud de subvención. La memoria debe incluir en formato de tabla:
    • Una enumeración de todos los aerogeneradores con balizas que emitían luz que no era roja fija y sus coordenadas UTM (31N/ETRS89) individuales.
    • El tipo de luz (luz blanca o luz roja) que emitían cada una de estas balizas en la noche y el régimen de intermitencia que tenían, y señalar cuántas de estas balizas se han sustituido por otras que emiten luz roja fija.

Tanto el proyecto como la memoria deben incluir la documentación técnica de las nuevas balizas.

  1. Presupuesto completo y detallado de la actuación objeto de la subvención, en el que figuren todos los gastos y los ingresos previstos, la cuantía de la ayuda que se solicita y el detalle de las fuentes de financiación. En caso de que la actuación subvencionada consista en diferentes actividades, el presupuesto se desglosará por actividades y por conceptos de gasto.
  2. En el caso de actuaciones ya ejecutadas antes de la presentación de la solicitud de subvención, se deben presentar las facturas o documentos de valor probatorio equivalente.En el caso de las personas solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español, deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.
  3. Original y fotocopia, o copia compulsada del acta de la puesta en marcha definitiva del parque eólico. Si la solicitud se presenta por medios telemáticos, los solicitantes deben presentar copias digitalizadas del certificado de residencia fiscal y del acta de la puesta en marcha definitiva del parque eólico, de acuerdo con lo previsto en las normas de procedimiento administrativo vigente. En caso de que no se pueda llevar a cabo la digitalización, se presentará el original y fotocopia o copia compulsada de la documentación mencionada.

No es necesario aportar la documentación prevista en los apartados 5 y 6 en el caso en que la persona solicitante lo haya presentado anteriormente a cualquier órgano de la Administración de la Generalidad de Cataluña, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la presentación y no haya experimentado ninguna modificación. En este supuesto, hay que indicar claramente la fecha y el órgano o dependencia en que fue presentada y el procedimiento a que hacían referencia.

Fase 'Propuesta de resolución provisional y aceptación de la subvención':

Las personas propuestas como beneficiarias de las subvenciones deberán presentar la documentación que les sea requerida en la propuesta de resolución provisional y que en todo caso será (tanto si se presenta por Internet como presencialmente):

  1. Cuando la persona que firma la solicitud actúa en representación de otros, la documentación acreditativa de la representación con que actúa, si no se ha inscrito en un registro público. En caso de que la representación esté inscrita en los citados registros, no es preciso aportar esta documentación porque el órgano instructor lo comprueba de oficio.
  2. En el caso de personas jurídicas que hayan sido propuestas como beneficiarias de una subvención de un importe superior a 10.000 euros, declaración responsable que contenga la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración.
  3. Resoluciones vigentes de la autorización de servidumbres aeronáuticas emitida por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, con las condiciones de señalización de los aerogeneradores.
Requisitos
  1. No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  2. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración de la Generalitat de Cataluña y la Administración General del Estado, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
  3. Cumplir las obligaciones que establece el artículo 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística.
  4. En el caso de las personas solicitantes con 50 trabajadores/as o más, dar empleo a personas con discapacidad en un porcentaje mínimo de un 2% de la plantilla respectiva, en cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 42 del texto refundido de la Ley general de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, o bien cumplir lo establecido en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 86/2015, de 2 de junio, sobre la aplicación de la cuota de reserva del 2% a favor de personas con discapacidad en empresas de 50 o más personas trabajadoras y de las medidas alternativas de carácter excepcional al su cumplimiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 92.5 del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.
  5. En el caso de solicitantes con una plantilla igual o superior a 25 personas: utilizar medios, con el acuerdo de los agentes sociales, para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir en los centros de trabajo.
  6. No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias porque han ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
  7. Declarar si se han solicitado y/u obtenido otras ayudas públicas o privadas para la misma actividad, haciendo constar la relación detallada con la entidad concedente y la cantidad solicitada y/u obtenida.
  8. Si es persona jurídica: estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.
  9. Si es persona física empresaria: estar dada de alta en el censo del impuesto sobre actividades económicas.
Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras informaciones

Es subvencionable la sustitución de las balizas ejecutada entre el 1 de enero de 2019 y el 28 de octubre de 2019.

El importe de las subvenciones es del 40% del coste de las actuaciones de sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de un parque eólico, con un límite máximo de 60.000 euros para cada parque eólico.

El gasto mínimo, realizado y justificado, de la actividad subvencionada exigible para poder considerar cumplidos el objeto y la finalidad de la subvención es del 40% del presupuesto inicial de la actividad presentada. En caso de que el coste final efectivo de la actividad subvencionada sea inferior al coste inicialmente presupuestado, pero se cumpla el gasto mínimo indicado, se reducirá la cuantía de la subvención otorgada en la misma proporción de la reducción del coste efectivo respecto del presupuesto inicial. El incumplimiento del gasto mínimo establecido comportará la revocación de la subvención otorgada.

______________________________________________________________________________________________

Gastos subvencionables:

  1. Los que tengan una relación directa con la actuación subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen en el plazo y las condiciones establecidas.
  2. Los tributos, cuando la persona beneficiaria de la subvención los abone efectivamente. En ningún caso se consideran gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Consideraciones:

  • En ningún caso el coste de los bienes o servicios subvencionados puede superar el valor de mercado.
  • No se consideran gastos subvencionables la redacción de proyectos relacionados con el objeto de la subvención.
  • Se consideran gastos realizados las que hayan sido definitivamente pagadas con anterioridad a la finalización del período de justificación que consta en la convocatoria.

______________________________________________________________________________________________

Obligaciones de las personas beneficiarias:

  1. Cumplir el objetivo y realizar la actividad que fundamenta la concesión de la subvención dentro del plazo establecido.
  2. Llevar a cabo la actividad subvencionada de acuerdo con el proyecto presentado. Cualquier cambio en el proyecto o calendario presentado se comunicará al órgano instructor con anterioridad a la finalización del plazo de ejecución, el cual puede aceptar o no la modificación solicitada si no conlleva cambios sustanciales ni representa un incumplimiento de los requisitos y condiciones establecidas. Los cambios no comunicados o que no hayan sido aceptados expresamente pueden dar lugar a la revocación total o parcial de la subvención.
  3. Justificar el cumplimiento del objeto de la subvención.
  4. Proporcionar en todo momento la información que sea solicitada respecto a la subvención concedida y someterse a las actuaciones de comprobación y control del órgano instructor, de la Intervención General de la Generalidad, de la Sindicatura de Cuentas y otros órganos competentes de acuerdo con la normativa aplicable.
  5. Comunicar al órgano instructor las ayudas, ingresos o recursos que financien la actuación subvencionada, obtenidos o solicitados de otras administraciones o entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención. Esta comunicación deberá hacerse en cuanto se conozcan y, en todo caso, antes de la justificación de la aplicación de los fondos recibidos.
  6. Las que regulan los artículos 90 bis y 92 bis del Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre.
  7. Si hay subcontrataciones para la ejecución de la actuación subvencionada y el importe del gasto subvencionable supera los umbrales establecidos en la normativa de contratos públicos para la contratación menor, se han de solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la ejecución de la actuación, salvo que por sus características especiales no haya en el mercado suficiente número de empresas que los realicen, o salvo de que el gasto se haya hecho con anterioridad a la concesión de la subvención.
    La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, se realizará de acuerdo con los criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
  8. Incluir el logotipo del Departamento de Territorio y Sostenibilidad, y la expresión "con el apoyo de la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático del Departamento de Territorio y Sostenibilidad" utilizando el logotipo corporativo del Programa de Identificación Visual (PIV) editado en la página web: http://identitatcorporativa.gencat.cat/ca/inici/ en los elementos informativos y de difusión de la actividad objeto de la subvención, si se llevan a cabo con posterioridad a la concesión de la subvención.
  9. En caso de que la subvención esté destinada a la financiación de bienes inventariables, los beneficiarios están obligados a destinarla a la finalidad concreta de la subvención durante un periodo mínimo de cinco años, si los bienes son inscribibles en un registro público y de dos años para el resto de bienes.
  10. Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.
  11. Reintegrar los importes percibidos en los supuestos de revocación y reintegro.
  12. En el caso de personas jurídicas que perciben subvenciones y ayudas públicas de 10.000 euros, deberán comunicar a los sujetos obligados la información relativa a las retribuciones de sus órganos de dirección o administración, a efectos de hacerlas públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15.2 de la Ley 19/2014, del 29 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
  13. Cumplir lo previsto en la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  14. Adherirse a los principios éticos y reglas de conducta establecidas.

Pasos a realizar

  1. 1

    Primer paso

    Solicitar la subvención

    La solicitud, acompañada de la documentación requerida, se presentará preferentemente por vía telemática mediante el formulario que encontrará haciendo clic en el enlace 'Por internet'. Si hay [...]

    Plazos
    Del 28/12/2018 al 28/01/2019

    La solicitud, acompañada de la documentación requerida, se presentará preferentemente por vía telemática mediante el formulario que encontrará haciendo clic en el enlace 'Por internet'. Si hay dos representantes legales, es necesario que la solicitud se realice de manera presencial.

    En caso de que la tramitación sea presencial, la solicitud, que encontrará haciendo clic en el enlace 'Presencialmente', acompañada de la documentación requerida, se podrá presentar en los puntos de tramitación indicados, o bien en cualquiera de los lugares previstos en artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en relación con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Este trámite se puede hacer por internet sólo con certificado digital y de manera presencial.

    Por Internet

    Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    Iniciar . Acceder a Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Descargue el formulario 'Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija'. Lo tendrá que rellenar, adjuntar la documentación, validar, firmar y guardar en su ordenador. Verá que en el momento de validarlo, la palabra ESBORRANY escrita en el lateral del formulario cambia a VALIDAT.
    2. Desde la misma página inicial donde se ha hecho la descarga (puede acceder volviendo a hacer clic sobre el enlace al formulario 'Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija'), debe hacerse el envío. Haciendo clic en el botón 'Examinar', cargue el formulario guardado y envíelo. Una vez lo haya enviado visualizará una página que le mostrará los datos del trámite y el documento de acuse de recibo que debe imprimir o guardar.

    Atención: Si a la hora de descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones ⇒

     

    Requisitos para ordenadores Apple con sistema operativo OSX (MAC):

    1. Tener actualizado y operativo el navegador Mozilla Firefox.

    En caso de que firme con certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre:

    1. Debe tener instalada una versión actualizada de MacOS. Si tiene una versión anterior 10.14 Mojave de MAC, deberá instalar los certificados raíces correspondientes. Para hacerlo, siga estas instrucciones ⇒.
    2. Descargue e instale el certificado en el MAC. A partir de este momento, puede firmar el documento pdf y enviarlo.

    Presencialmente

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Descargue el formulario 'Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija' o 'Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija (2 representantes legales)' según corresponda. Lo tendrá que rellenar y validar. Verá que en el momento de validarlo, la palabra ESBORRANY escrita en el lateral del formulario cambia a VALIDAT.
    2. Imprima el formulario (con la palabra VALIDAT), fírmelo y preséntelo junto con la documentación necesaria en cualquiera de los puntos de tramitación indicados.

    Atención: Si a la hora de descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones ⇒

    Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    Solicitud de subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija (2 representantes legales)

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Direcció General de Qualitat Ambiental i Canvi Climàtic . Abrir en una nueva ventana.
    • Departament de Territori i Sostenibilitat . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Oficina d'Atenció Ciutadana a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a l'Alt Pirineu i Aran . Abrir en una nueva ventana.
  2. 2

    Segundo paso

    Recibir la propuesta de resolución provisional

    La propuesta de resolución provisional de concesión de las subvenciones se notifica a través de Internet mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de [...]

    La propuesta de resolución provisional de concesión de las subvenciones se notifica a través de Internet mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña al que puede acceder haciendo clic en el enlace 'Por internet'

    Si la tramitación es presencial, la notificación de la propuesta de resolución provisional se hace a través de la publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad (avenida Diagonal, 523-525 de Barcelona) y, con carácter complementario al Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.

    ¿Qué contiene la propuesta de resolución provisional?
    La propuesta de resolución provisional contiene la lista de las personas solicitantes propuestas para ser beneficiarias de las subvenciones y las personas que forman parte de la lista de reserva, si la hay, debidamente priorizada en función de la puntuación obtenida.

    En el supuesto de que alguna de las personas propuestas para ser beneficiarias de la subvención no la acepte o desista de la solicitud, se puede otorgar la subvención a la persona o personas solicitantes de la lista de reserva por orden de puntuación, siempre que se haya liberado crédito suficiente para atender las solicitudes siguientes con igual puntuación.

    Por Internet

    Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya

    Iniciar . Acceder a Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya
  3. 3

    Tercer paso

    Presentar documentación, alegar y desistir

    Presentar documentaciónLas personas propuestas como beneficiarias de las subvenciones deben presentar la documentación que sea requerida en la propuesta de resolución provisional.

    Presentar documentación
    Las personas propuestas como beneficiarias de las subvenciones deben presentar la documentación que sea requerida en la propuesta de resolución provisional.

    • En el caso de tramitación electrónica, deberán adjuntar la documentación al formulario de aportación que encontrarán haciendo clic en el enlace 'Por internet'. En este formulario también deberá adjuntar el documento: Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración en las subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija, rellenado, validado y firmado.
    • En el caso de tramitación presencial, podrán presentar la documentación en cualquiera de los puntos de tramitación indicados en el enlace 'Presencialmente', o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 25 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto , de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, en relación con el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

    Por otro lado, una vez notificada la propuesta provisional de resolución, la persona beneficiaria, en el plazo de 10 días hábiles a partir del día siguiente de esta notificación, podrá:

    • Alegar
      Las personas propuestas como beneficiarias de la subvención pueden presentar alegaciones, que se tendrán en cuenta en el momento de emitir resolución definitiva.
      Se entenderá que la subvención es aceptada tácitamente en el supuesto de que la persona propuesta como beneficiaria no presente ninguna alegación dentro del plazo indicado.

    • Desistir
      Las personas propuestas como beneficiarias pueden desistir de la solicitud dentro del plazo de 10 días especificado anteriormente.

    Por Internet

    Aportación de documentación de las subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    Iniciar . Acceder a Aportación de documentación de las subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    Recuerde que en el formulario de aportación deberá adjuntar el documento: Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración en las subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija, rellenado, validado y firmado.

     

    Requisitos para ordenadores Apple con sistema operativo OSX (MAC):

    1. Tener actualizado y operativo el navegador Mozilla Firefox.

    En caso de que firme con certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre:

    1. Debe tener instalada una versión actualizada de MacOS. Si tiene una versión anterior 10.14 Mojave de MAC, deberá instalar los certificados raíces correspondientes. Para hacerlo, siga estas instrucciones ⇒.
    2. Descargue e instale el certificado en el MAC. A partir de este momento, puede firmar el documento pdf y enviarlo.

    La aportación de documentación se puede hacer en cualquier momento una vez presentada la solicitud.

    Para rellenar y enviar el formulario es necesario saber el número de expediente el cual encontrará en la sección "Área privada" una vez se haya confirmado la entrada de la solicitud de la subvención. Consulte ¿cómo buscar el número de expediente? ⇒

    Presencialmente

    Aportación de documentación de las subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    Declaración responsable sobre las retribuciones de los órganos de dirección o administración en las subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Direcció General de Qualitat Ambiental i Canvi Climàtic . Abrir en una nueva ventana.
    • Departament de Territori i Sostenibilitat . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a l'Alt Pirineu i Aran . Abrir en una nueva ventana.
  4. 4

    Cuarto paso

    Recibir la resolución definitiva

    ¿Dónde se notifica la resolución definitiva?La resolución de concesión o denegación de las subvenciones se notifica por Internet mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración [...]

    ¿Dónde se notifica la resolución definitiva?
    La resolución de concesión o denegación de las subvenciones se notifica por Internet mediante la publicación en el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña, sin perjuicio de utilizar adicionalmente otros medios electrónicos.

    Si la tramitación es presencial, la resolución de concesión o denegación de la subvención, convenientemente motivada, se notifica mediante publicación en el tablón de anuncios de la Secretaría de Medio Ambiente y Sostenibilidad (avenida Diagonal, 523-525 de Barcelona) y, con carácter complementario el Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Cataluña.

    ¿Cuál es el plazo de que dispone la Administración para dictar y notificar la resolución?
    La Administración dispone de un plazo máximo de cuatro meses a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.

    ¿Cuál es el sentido del silencio administrativo en esta convocatoria de subvenciones?
    Sin perjuicio de la obligación de resolver, transcurrido dicho plazo sin que se haya dictado y notificado la resolución expresa, las solicitudes se entenderán desestimadas y, en consecuencia, denegada la subvención, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54.2 de la Ley 26/2010, de 3 de agosto, de Régimen Jurídico y de Procedimiento de las Administraciones Públicas de Cataluña.

    Por Internet

    Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya

    Iniciar . Acceder a Tablón electrónico de la Administración de la Generalitat de Catalunya
  5. 5

    Quinto paso

    Justificar la subvención

    Atención:

    Atención:

    En caso de que la tramitación sea presencial, la forma de presentación de la cuenta justificativa será mediante fotocopia y original o fotocopia compulsada.

    Si la cuenta justificativa se presenta por medios electrónicos, los beneficiarios pueden presentar copia digitalizada de la cuenta justificativa en sustitución de la copia compulsada, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Su finalidad a los originales se garantiza mediante el uso de la firma electrónica correspondiente.

    Por Internet

    Justificación de la subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que durante la noche emitan luz que no sea roja fija

    Iniciar . Acceder a Justificación de la subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que durante la noche emitan luz que no sea roja fija

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Descargue el formulario 'Justificación de la subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que durante la noche emitan luz que no sea roja fija'. Lo tendrá que rellenar (siguiendo este manual ⇒), adjuntar la documentación, validar, firmar y guardar en su ordenador. Verá que en el momento de validarlo, la palabra ESBORRANY escrita en el lateral del formulario cambia a VALIDAT. Uno de los documentos que deberá adjuntar es la Declaración responsable.
    2. Desde la misma página inicial donde se ha hecho la descarga (puede acceder volviendo a hacer clic sobre el enlace al formulario 'Justificación de la subvención para el fomento de la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que durante la noche emitan luz que no sea roja fija'), debe hacerse el envío. Haciendo clic en el botón 'Navega', cargue el formulario guardado y envíelo. Una vez lo haya enviado visualizará una página que le mostrará los datos del trámite y el documento de acuse de recibo que debe imprimir o guardar.

    Atención: Si a la hora de descargarse el formulario aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones ⇒

     

    Requisitos para ordenadores Apple con sistema operativo OSX (MAC):

    1. Tener actualizado y operativo el navegador Mozilla Firefox.

    En caso de que firme con certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre:

    1. Debe tener instalada una versión actualizada de MacOS. Si tiene una versión anterior 10.14 Mojave de MAC, deberá instalar los certificados raíces correspondientes. Para hacerlo, siga estas instrucciones ⇒.
    2. Descargue e instale el certificado en el MAC. A partir de este momento, puede firmar el documento pdf y enviarlo.

    Para rellenar y enviar el formulario es necesario saber el número de expediente el cual encontrará en la sección "Área privada" una vez se haya confirmado la entrada de la solicitud de la subvención. Consulte ¿cómo buscar el número de expediente? ⇒

    Presencialmente

    ¿Cómo se debe hacer?

    1. Descargue el formulario 'Justificación de la subvención para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija'. Lo tendrá que rellenar (siguiendo este manual ⇒).
    2. Imprima el formulario y fírmelo.
    3. Descargue el formulario 'Declaración responsable (subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija)'. Lo tendrá que rellenar, imprimir y firmar.
    4. Presente ambos formularios junto con la documentación necesaria en cualquiera de los puntos de tramitación indicados.

    Atención: Si a la hora de descargarse los formularios aparece un mensaje de error, siga estas instrucciones ⇒

    Justificación de la subvención para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija

    Declaración responsable (subvenciones para fomentar la sustitución de las balizas luminosas de los aerogeneradores de los parques eólicos que por la noche emitan luz que no sea roja fija)

    Dónde puedes hacer el trámite
    • Direcció General de Qualitat Ambiental i Canvi Climàtic . Abrir en una nueva ventana.
    • Departament de Territori i Sostenibilitat . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Barcelona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Girona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Lleida . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a Tarragona . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a les Terres de l'Ebre . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a la Catalunya Central . Abrir en una nueva ventana.
    • Serveis Territorials de Territori i Sostenibilitat a l'Alt Pirineu i Aran . Abrir en una nueva ventana.
Fecha de actualización 07.08.2019
Loading...

¿No sabes por dónde empezar?

¿Quieres saber qué ayudas y servicios pueden encajar mejor con tu empresa?

Cuéntanos qué buscas y te ayudaremos a encontrarlo

Sigue las redes sociales de ACCIÓ

  • Icono de Twitter
  • Icono de Facebook
  • Icono de LinkedIn
  • Icono de Youtube
ACCIÓ - Agencia para la Competitividad de la Empresa
  • Accesibilidad
  • Aviso legal
  • Canal ético
  • Mapa web
  • Política de Cookies
  • Preguntas frecuentes