¿Qué tienes que saber?
Si has pagado una tasa o un precio público para realizar algún proceso con el Departamento de Educación y Formación Profesional y no tenías que pagarlo, puedes pedir que te lo devolvamos.
Los procesos son:
- Inscripción en procesos de selección de personal laboral o docente.
- Expedición, homologación o convalidación de títulos de estudios no universitarios.
- Matrícula oficial en cursos de idiomas de las escuelas oficiales de idiomas (EOI) y el Instituto Abierto de Cataluña (IOC).
- Inscripción a pruebas libres para obtener certificados oficiales de los estudios de idiomas.
- Inscripción a pruebas de acceso a ciclos de formación profesional específica, enseñanzas de artes plásticas y diseño, y deportivas (prueba general).
- Inscripción a pruebas específicas de acceso a estudios deportivos.
Inscripción a pruebas para obtener determinados títulos.
Las solicitudes de devolución de los precios públicos que recaudan y gestionan los centros con autonomía de gestión deben dirigirse al centro recaudador que corresponda.
A las personas que hayan realizado un pago indebido en concepto de tasas o precios públicos que recauda y gestiona el Departamento de Educación y Formación Profesional.
En cualquier momento, una vez pagada la tasa o el precio público, y durante los cuatro años siguientes.
- Resguardo de la matrícula, inscripción en pruebas o procesos selectivos, de solicitud de título o de solicitud de homologación.
- Resguardo del pago.
- Documentación que acredite el derecho a la devolución del ingreso.
No tienes que pagar tasas para este trámite.
- Has pagado dos veces la tasa o el precio público, o
- has pagado más dinero del que tocaba (por ejemplo, tenías derecho a una bonificación o a una exención y no se ha aplicado), o
- la Administración no ha prestado el servicio o la actividad por los cuales has pagado, o bien,
- desde la Administración rectificamos cualquier error que hace que hayas pagado un importe que no te correspondía.
Pasos a realizar
-
Primer paso
Solicitar la devolución
Si necesitas información o ayuda para hacer el trámite, puedes pedir cita en las oficinas de atención ciudadana.
Te recomendamos pedir cita para que no tengas que esperarte.
-
Segundo paso
Recibir respuesta de la Administración
¿Cómo recibiré la respuesta?
¿Cómo recibiré la respuesta?
Cuando la Administración tiene que hacer algún requerimiento o tiene que notificar la resolución:
- Si has aceptado recibir notificaciones electrónicas, recibirás un mensaje de correo electrónico y/o un SMS donde se te avisa que tienes una notificación disponible a la sede electrónica de la Generalitat.
- Si no has aceptado recibir notificaciones electrónicas, el requerimiento o la notificación se envía por correo postal en el domicilio que hayas indicado a la solicitud; si cambias de domicilio, lo tienes que comunicar por escrito al registro del Departamento de Educación y Formación Profesional o de sus servicios territoriales.
¿Puedo presentar un recurso?
Contra la resolución de la solicitud puedes interponer, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de recepción de la notificación:
- Recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien,
- una reclamación económico-administrativa ante la Junta de Tributos de Cataluña.
La interposición del recurso de reposición la tienes que hacer con una petición genérica:
- Asunto: "Recurso de reposición de devolución de ingresos".
- Ente destinatario: Departamento de Educación y Formación Profesional.
- No tienes que indicar tema ni subtema.